Unas 150 familias se reunieron con el secretario de la Comuna, Alfredo Salazar Rojo, con el fin de solicitar al actual Ayuntamiento el cumplimiento del acta de Cabildo 120 con fecha del 17 de mayo del 2006 con referente al contrato de compraventa que celebró de una parte como vendedor, el mismo Ayuntamiento de ese entonces y la empresa “Promotora Viveyuc S.A. de C.V.”.
El representante de los beneficiados, Juan Medina Rejón, indicó que dicho documento está firmado a los 21 días de mes de julio del 2006 y las cuales fueron ratificados tanto el acta como el contrato de compraventa por la administración del ex alcalde José Cortes de la administración 2005-2018, en los que señala entre otras cosas la construcción de vivienda económica que requieren las familias.
La primera petición fue el pasado mes de octubre de 2018 y ahora realizan una nueva entrega de los documentos que avalan que dichos terrenos fueron cedidos para la construcción de casas económicas en una extensión de 20 hectáreas en Chelem.Para ya han pasado 13 años y las autoridades han ido y venido y nadie ha denunciado que dichos terrenos, cuya extensión total de es 40 hectáreas, no se han entregado a familias de escasos recursos.
Dicha ratificación fue publicada en la gaceta municipal órgano oficial de publicación del municipio de progreso, Yucatán. AÑO: II TOMO: VII No.305 Sección: 1 Registro: CJ-DOGEY-GM-002, en su inciso II
La solicitud colectiva en la cual solicitamos lotes y /o vivienda económica para nuestras familias, deriva de los puntos que se detallan a continuación:
II. RATIFÍCACIÓN EN TODOS SUS TÉRMINOS DEL PUNTO DE ACUERDO DE CABILDO, RELACIONADO COMO “SEXTO PUNTO”, DEL ACTA NÚMERO CIENTO VEINTE DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS; ASÍ COMO DEL PUNTO DE ACUERDO, RELACIONADO COMO “CUARTO PUNTO”, DEL ACTA NÚMERO CIENTO TREINTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SEIS, Y DEL PUNTO DE ACUERDO, RELACIONADO COMO “CUARTO PUNTO”, DEL ACTA NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y UNO DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA CUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS,
En la clausulas Segunda y Quinta inciso C del contrato de compraventa que celebró de una parte como vendedor, el Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Progreso, Yucatán y la empresa “Promotora Viveyuc” y firmado a los 21 días de mes de julio del 2006 dice lo siguiente
Segunda.- el precio pactado por la compraventa de los inmuebles es la cantidad de $ 60.00 (son sesenta pesos s/c. moneda nacional) por metro cuadrado de terreno, que se pagara de la siguiente forma:
Inciso B) la diferencia entre el precio total de $ 60.00 (son: sesenta pesos, moneda nacional) por metro cuadrado de terreno y el importe a pagar de $9.70 (son :nueve pesos, con setenta centavos, moneda nacional) por metro cuadrado antes descrito, es decir, la cantidad de $ 50.30 (son : cincuenta pesos , con treinta centavos , moneda nacional) por metro cuadrado, lo constituye un subsidio que el ayuntamiento otorga desde este momento a los futuros adquirientes de los lotes o de las viviendas, que se construyan en el proyecto de desarrollo, que origina el presente contrato y que “el comprador” deducirá en oportunidad .
Quinta.- “el comprador” se obliga y compromete a: C) construir en los lotes cuando menos el 50% (cincuenta por ciento) de vivienda tipo económica de interés social para las personas de escasos recursos.
Para lo cual, el alcalde Julián Zacarías Curí, en su carácter de presidente municipal, le solicitamos que se nos otorgue los lotes y o viviendas tipo económicas de interés social ya que así se encuentra plasmado en los instrumentos legales ya mencionados,
Por lo expuesto y con fundamento en los Artículos 8 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 579, 580, 581 fracc. II y III y 585 del Código Federal de Procedimientos Civiles en vigor de aplicación supletoria, atentamente pedimos se sirva:
Primero.- Tenernos por presentado, en los términos de este ocurso, copias simples y documentos que acompañamos, solicitarle el cumplimiento del acta de cabildo 120 de fecha 17 de mayo del 2006 y del contrato de compraventa que celebro de una parte como vendedor, el Honorable Ayuntamiento constitucional del Municipio de Progreso, Yucatán de ese entonces y la empresa “PROMOTORA VIVEYUC” sociedad anónima de capital variable y firmado a los 21 días de mes de julio del 2006 y las cuales fueron ratificados tanto el acta como el contrato de compraventa por la administración del ex alcalde José cortes de la administración 2005-2018, en los que señala entre otras cosas la construcción de vivienda económica que requerimos.
Segundo.- Ordenar como autoridad municipal el cumplimiento de los ordenamientos legales ya mencionados.
La documentación fue entregada al secretario de la Comuna, Alfredo Salazar Rojo, en espera de que le dé lectura y se establezca la entrega de dichos terrenos.
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