miércoles, 17 de febrero de 2016

PROFEPA CLAUSURA 4 LOTES

Mediante un comunicado, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó ayer que clausuró de manera total y temporal cuatro predios en Progreso, porque detectó que, sin el permiso de la Semarnat, se hizo la remoción de vegetación forestal en una superficie de 0.5 hectáreas.

El documento detalla que en atención a una denuncia ciudadana, personal de la Profepa en Yucatán inspeccionó tres predios ubicados a un costado del puente de Yucalpetén, donde se constató la afectación de una superficie de 0.4 hectáreas con vegetación de selva baja caducifolia con presencia de mangle blanco (Laguncula ria racemosa), mangle negro (Avicennia germinans), mangle botoncillo (Conocarpus erectus) y mangle rojo (Rhizophora mangle).

—En estos predios —indica— se retiró vegetación forestal y se inició el relleno de humedal costero de manglar con materiales como escombro, rocas, limos y desechos sólidos.

—Las cuatro especies de vegetación costera dañados están enlistadas en la NOM-059-Semarnat-2010, en la categoría de amenazada (A), es decir, aquellas especies que podrían encontrarse en peligro de desaparecer a corto o mediano plazo si continúan operando los factores que inciden negativamente en su viabilidad al ocasionar el deterioro o modificación de su hábitat.

—En una siguiente actuación, inspectores de la Profepa examinaron un predio ubicado en la zona industrial de Yucalpetén, en Progreso, y detectaron la remoción de vegetación herbácea, arbustiva y de matorral costero en un área de 0.1 hectárea, sin presencia de ejemplares listados en alguna categoría de riesgo en la Norma Oficial Mexicana.

—Al carecer de las autorizaciones emitidas por la Semarnat, se procedió a clausurar los cuatro predios como medida de seguridad, y se determinó el cese de toda actividad en el sitio.

—De acuerdo con el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, los responsables de las obras pueden hacerse acreedores a una multa de 30 mil a 50 mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México al momento de imponer la sanción.

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